Grupo Zero Waste Energy
Continúa el drama medioambiental y económico
Fecha de publicación
Versión online o papel publicada por el medio en su página web o tirada nacional
A pesar de la reciente publicación del RD Ley 17/2022, que permite a todas las instalaciones de cogeneración sujetas a régimen retributivo específico acogerse a la conocida excepción ibérica o “mecanismo de topado” de gas, todas las instalaciones de cogeneración y de tratamiento de residuos no podrán retomar su actividad con normalidad.
Si bien una parte del sector de la cogeneración, sector dedicado a la producción simultánea de electricidad y energía térmica destinada a procesos industriales, ha recibido la publicación del citado RD Ley 17/2022 con cierto optimismo (sobre todo aquellas cogeneraciones asociadas a industrias), la medida adoptada por el Gobierno resulta del todo insuficiente para aquellas instalaciones de cogeneración que no se encuentran vinculadas a procesos industriales y cuyo principal objetivo es el tratamiento de residuos procedentes de diversas actividades de carácter agroindustrial, pilares fundamentales de nuestro sector primario y vector del desarrollo económico de la “España vaciada”.
Dichas instalaciones, principalmente plantas destinadas al tratamiento de lodos procedentes del sector del olivar (alperujo), o al tratamiento de deyecciones procedentes del sector ganadero (purín de cerdo), siguen completamente desamparadas y sin visos de poder reactivar su actividad, actividad imprescindible para mencionados sectores agrícolas y para el medio ambiente. España está considerado como el mayor productor de aceite de oliva del mundo, generando más de la mitad del aceite consumido a nivel mundial. En cuanto al sector ganadero, España es también una potencia mundial ya que es el segundo país productor de carne porcina de Europa y el cuarto en el mundo.
Incumplimiento
A fecha de hoy, 9 de octubre de 2022, la Administración sigue incumpliendo con sus obligaciones legislativas y acumula un retraso de más de dos años en la publicación de la remuneración a la que estas instalaciones tienen derecho tal y como se establece en la normativa actual que les es de aplicación. Dicha remuneración o retribución a la operación, en vigor desde la aprobación de la Ley 24/2013 y del RD Ley 413/2014, debería cubrir, junto con los ingresos de explotación, los costes operacionales o de explotación de dichas instalaciones.
De hecho, el Ministerio para la Transición Ecológica únicamente ha procedido a la publicación de borradores de propuesta de retribución para el segundo semestre de 2020, 2021 y 2022 ocasionando la situación de incertidumbre operacional en la que se halla el sector, en el que las propuestas de retribución que nos ocupan, acumulan ya dos años de retraso frente al escenario de buena praxis regulatoria en su tramitación y promulgación, que debería de haberse producido con anterioridad –y no con posterioridad– al inicio de cada periodo retributivo, acarreando estos retrasos injustificados y no acordes con lo establecido en la regulación vigente, graves y continuados perjuicios a las plantas de cogeneración y sus industrias asociadas así como a las plantas de tratamiento de alperujo y purines.
Ello supone un evidente quebrantamiento de la seguridad jurídica y cobertura de costes que están garantizados en el marco jurídico español de régimen retributivo y el marco europeo de eficiencia energética y competencia. Asimismo, supone un grave perjuicio para los objetivos de eficiencia energética en el caso de las cogeneraciones y de un grave perjuicio ambiental derivado de la falta de tratamiento de los purines y de los lodos de la producción de aceite de oliva. No olvidemos, que anualmente se generan, sólo en España 62.000.000 m3 de purín de cerdo y unas 10.000.000 de toneladas de alperujo, siendo, dichos residuos, tratados principalmente, y de la manera más eficiente posible, por instalaciones de cogeneración.
Estabilidad para el sector
La actual presente propuesta retributiva sigue sin reflejar la realidad de los mercados energéticos, específicamente considerando un precio de gas que es menos de la mitad del coste de suministro en los mercados, resultando en consecuencia insuficiente para cubrir los costes y poder operar. Lo único que se está solicitando es que el Gobierno cumpla con sus funciones y el mandato normativo y proporcione estabilidad al sector, asegurando la viabilidad económica del mismo.
Llegados a este punto, conviene enfatizar la relevancia de la cogeneración, que genera el 11% de la electricidad nacional y emplea el 20% del gas del país para fabricar el 20% del producto industrial de España en industrias que mantienen más de 200.000 puestos de trabajo directos. La actual propuesta de retribución pone en riesgo dichos puestos de trabajo y algunas instalaciones ya se están viendo gravemente perjudicadas con cancelaciones en sus contratos de suministro, sin olvidar que algunas ya han recurrido a ERTEs parciales o totales.
La inactividad reglamentaria de la Administracióncon la cogeneración, que, como mencionábamos, ha acumulado más de dos años de retraso, conjuntamente con una propuesta alejada de la realidad de los mercados, ha parado la gran mayoría de las plantas de tratamiento del purín y de lodos derivados de la producción de aceite de oliva dado que en este particular caso no hay manera cubrir las pérdidas con los ingresos de la industria o del servicio al que prestan su energía térmica. Dichas instalaciones usan la energía térmica para el tratamiento de residuos, no para destinarlas a terceros consumidores de esa energía térmica.
Necesidad de soluciones
Es preciso y de derecho que el Gobierno actúe y promulgue una solución urgente y justa que permita a estas plantas obtener el equilibrio entre ingresos y gastos que garantiza la correcta aplicación del régimen retributivo específico que se está incumpliendo.
El problema esencial de todas las propuestas de orden pendiente de aprobación y promulgación es que rompen el equilibrio de ingresos y gastos, sumiendo al sector en pérdidas operacionales, lo que determina que la propuesta no solo sea contraria a Derecho, sino que sea contraproducente con las medidas excepcionales ante la crisis energética.
El que las plantas de tratamiento de alperujo y de tratamiento de purines no funcionen por falta de cobertura de sus costes de explotación obedece principalmente a que en el contexto actual de escenario de volatilidad de los mercados energéticos es imprescindible un mecanismo de actualización retributiva de la cogeneración mensual o diario; ya que el mecanismo propuesto de revisión ex-ante para seis meses resulta del todo ineficaz para cubrir los costes y volatilidad del mercado.
Así, es imprescindible reclamar que la orden que debe aprobarse para el segundo semestre de 2022 pueda y deba establecer un nuevo mecanismo de actualización bien mensual o diario estableciendo una modificación adecuada de la cesta de combustibles que se usan para la actualización del coste del gas natural, o simplemente reconocer el rendimiento real de estas tecnologías en el mecanismo de topado al gas. En definitiva, es necesario a nivel de orden una actualización mensual o diaria de la retribución a la operación, como método eficaz, sencillo y de oficio basado en el marco regulatorio actual.
A mayor abundamiento, el perjuicio ambiental, el perjuicio al sector del olivar y a los ganaderos generado por la parada de las plantas es difícilmente medible en términos cuantitativos, pero su incidencia se percibe ya en el medio rural y en el medio ambiente y será mayor en la medida que los nitratos afecten a los suelos y a las aguas subterráneas. La discriminación de las plantas del sector orujero y del olivar pone en peligro la campaña del olivar en España y acarreará una repercusión social, económica y ambiental sin precedentes. El peligro es grave y se viene anunciando desde hace meses por lo que todavía es remediable en la medida en la que la Administración de respuesta acorde a Derecho a la cobertura de los costes de explotación de estas instalaciones.
En síntesis, la situación de incertidumbre en la que se encuentran las plantas pertenecientes al sector del olivar y del purín es drástica, resultando la propuesta de remuneración planteada por el Ministerio para la Transición Ecológica del todo insuficiente, al no permitirles cubrir sus costes operacionales, extemporánea, y contraria a la buena praxis y al derecho nacional y europeo.
O.S.C.