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Dr. Juan Morales Torres y D. Raúl Gil. Director Médico y Director General del Instituto Valenciano de Antienvejecimiento y Bienestar (IVAB)

Instituto Valenciano de Antienvejecimiento y Bienestar (IVAB) Formación reglada en medicina estética y estética sanitaria

 

 

Poder demostrar la competencia de los profesionales es clave en todos los sectores, en medicina esto adquiere una especial relevancia y en medicina estética la exigencia por obtener el mejor de los resultados lo hace aún más palpable.

 

 

La inquietud por garantizar una medicina estética de la mayor calidad en nuestro país, que ofrezca la máxima seguridad y efectividad al consumidor, es lo que llevó a crear el Instituto Valenciano de Antienvejecimiento y Bienestar (IVAB), que ofrece esta oportunidad en España.

IVAB ofrece a los médicos estéticos y al personal sanitario o estético que trabaja en las clínicas, el acceso a una formación reglada, práctica, de calidad, independiente, con criterios unificados de educación y con respaldo internacional.

Las cualificaciones regladas que ofrece IVAB a los doctores que ejerzan o quieran ejercer la medicina estética y a su personal auxiliar son:

 

Para doctores:

–          Nivel 7 de inyectables faciales.

– CPD’s especializados en: Rejuvenecimiento genital sin cirugía (hombre y mujer); Aparatología médica láser y luz para rejuvenecimiento; para remodelación y reafirmación; para lesiones vasculares sin cirugía.

 

Para el personal operario/auxiliar:

–          Nivel 4 y 5 de estética sanitaria: Láser y Luz para reducción de pelo; Láser y Luz para rejuvenecimiento de piel; Micropunción; Peelings químicos; ultrasonidos; diatermia; Láser Neodimio Yag para eliminación de tatuajes; etc.

¿Qué es el Nivel 7

de inyectables?

Juan Antonio Morales, Director Médico del Instituto Valenciano de Antienvejecimiento y Bienestar (IVAB) nos explica las claves de la formación estrella de inyectables de Nivel 7 que ofrece IVAB:

–          El nivel 7 de inyectables faciales es una cualificación reglada de postgrado – nivel máster para médicos, siendo una titulación integrada dentro del Marco Europeo de Cualificaciones Profesionales.

–          Con el nivel 7, IVAB ofrece a médicos que quieran ejercer como médicos estéticos formación reglada centrada en los tratamientos más demandados, como es el caso de los Inyectables Faciales, con el enfoque más práctico que existe actualmente (hands-on training).

Al finalizar el curso, el médico demostrará su competencia inyectando:

–          Habrá tratado con la supervisión de un tutor (doctor especializado) un mínimo de 20 procedimientos reales; derma fillers y Toxina Botulínica.

–          Habrá realizado infiltraciones con las técnicas más novedosas y avanzadas en remodelación facial sin cirugía: rinomodelación, pómulos, zona periorbicular, óvalo facial, etc.

–          Con un máximo de 10 alumnos, los doctores recibirán un entrenamiento totalmente personalizado, en el que se fomenta el aprendizaje, el buen ambiente y la colaboración entre los profesionales,

–          Formación semipresencial compatible con la vida laboral y personal.

–          Aportación de créditos europeos y CPD’s.

 En la mayor parte de Europa y del Mundo (Australia, Nueva Zelanda, EEUU, Canadá, etc.), es requisito indispensable formarse de forma continua para que un médico pueda seguir ejerciendo su profesión, debiendo completar un mínimo de créditos anuales, que suelen ir de los 20 a los 50 depende del país.

CPD’s

El Dr. Juan Morales Torres ha ejercido la medicina en 6 países diferentes, docente de las Universidades de Copenhagen y Valencia y Auditor Interno de medicina estética y estética sanitaria a nivel europeo, es pionero en España en rejuvenecimiento genital sin cirugía, con rotundo éxito en Reino Unido y EE.UU.

¿Qué son los CPD’s y que aportan a los profesionales de la medicina estética?

CPD es el organismo que regula internacionalmente la formación continua en medicina. Capacita de forma oficial en una materia específica, unificando los criterios de educación. Destaca por una metodología mayoritariamente práctica donde se adquiere la destreza adecuada para realizar los tratamientos con seguridad y efectividad.

IVAB es el primer centro de formación reglada especializada en el sector de medicina anti-aging en España con autorización para desarrollar e impartir CPD’s (Continuing Professional Development – Desarrollo Profesional Continuo).

 

Entre los CPD’s que IVAB ofrece actualmente, ¿cuál es el más relevante?

Sin dudarlo, el CPD de Rejuvenecimiento genital sin cirugía (hombre y mujer). El rejuvenecimiento genital se convierte en una nueva especialidad en alza dentro de la medicina estética mundial.

IVAB imparte el primer CPD especializado en Rejuvenecimiento Genital sin Cirugía

¿Qué papel juegan las cualificaciones profesionales de nivel 4 y 5 para el personal que trabaja en los centros?

Preguntamos todo lo referente a este apartado, a D. Raúl Gil, su Director General, quien, además, gracias a su dilatada experiencia como auditor de Normas y Fondos Europeos, ofrece un servicio especializado de consultoría y asesoramiento del sector médico estético y sanitario.

“Los niveles 4 y 5 son formaciones integradas dentro del Marco Europeo de Cualificaciones Profesionales, y adquieren una vital importancia porque en España son muchos los profesionales de la enfermería y auxiliares sanitarios/estéticos que realizan tratamientos para los que no han adquirido competencias”.

 

¿Cuáles son los aspectos legales que afectan a la formación de los profesionales que trabajan como auxiliares en las clínicas médico-estéticas?

Hay regulaciones europeas, nacionales y autonómicas que afectan directamente a este sector profesional.

Destaca la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJ) que anula la Resolución núm. 19/2017: “La función del cuerpo de enfermería se circunscribe a los cuidados de enfermería”. Es decir, para que una enfermera o profesional sanitario pueda ejercer la estética profesional no médica sin la necesidad de la supervisión constante de un facultativo, debe de disponer de cualificación profesional específica.

Además entra en juego El REGLAMENTO (UE) 2017/745 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 5 de abril de 2017, que será de aplicación inminente el próximo 26 de mayo de 2020, en el que dictamina que todos los equipos destinados a su uso sobre el cuerpo humano, se consideran producto sanitario. Algunos ejemplos son: láseres y equipos de luz pulsada intensa para rejuvenecimiento de la piel, eliminación de tatuajes, depilación u otros tratamientos dérmicos.

La AEMPS (Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios), en el Real Decreto 1591/ 2009, de 16 de octubre, en su artículo 4.4. especifica que “Sólo podrán utilizarse en España productos que cumplan las disposiciones de este real decreto y por profesionales cualificados”.

Esta información es muy importante porque el centro sanitario se abre bajo el nº de colegiado de un director médico. Es su responsabilidad velar por la seguridad del consumidor / paciente. Si ocurre cualquier problema (quemadura, infección, etc.), no ha habido una supervisión médica (clara) y el profesional que ha realizado el tratamiento no dispone de competencias profesionales regladas para realizar esa técnica, tanto el operador, el administrador de la empresa, como el director médico, podrían enfrentarse ante responsabilidades civiles, administrativas y penales, además de poder quedar exentos de cobertura de R.C. y tener que responder económicamente con su patrimonio.

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