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Tarinas Law & Economy

PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE

La obligación de disponer de un Plan de Medidas Antifraude para acceder a los Fondos Next Generation (UE).

Web
Medio de Prensa: La Razón

Fecha de publicación

04/12/2022

Versión online o papel publicada por el medio en su página web o tirada nacional

De izquierda a derecha: Alejandro Guzmán, Aina Sàbat, Gemma Ramoneda, Montse García y Edgar Sánchez, miembros del departamento de Compliance, PBC/FT y Antifraude de TARINAS LAW & ECONOMY.

En julio del año 2020, el Consejo Europeo aprobó un instrumento de estímulo económico dotado de 750.000 millones de euros financiado por la Unión Europea – más comúnmente conocido como Fondos Next Generation – en respuesta a la crisis mundial provocada por la pandemia ocasionada por el COVID.

El Ministerio de Hacienda y Función Pública publicó dos Órdenes Ministeriales; en primer lugar, la Orden HFP/1030/2021 y, en segundo lugar, la Orden HFP/1031/2021.
En dichas Órdenes se exigía la confección para todas aquellas entidades que se quieran beneficiar de los Fondos Europeos de un Plan de Medidas Antifraude (PMA).
    

¿Qué es un Plan de Medidas Antifraude?

El PMA es el conjunto de medidas de control del riesgo de fraude, corrupción y conflicto de interés, con especial énfasis en el ámbito de la ejecución de los fondos europeos.
El PMA se estructura según el ciclo antifraude que engloba la prevención del fraude, la detección del mismo y la corrección y persecución de los responsables.
    

¿Por qué están obligadas las entidades a disponer de un PMA y cuál es el objetivo de este plan?

El artículo 22 del Reglamento (UE) 241/2021, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, determina la obligatoriedad de adoptar todas las medidas adecuadas necesarias para proteger los intereses financieros de la UE y velar porque los fondos Next Generation se ajusten al derecho aplicable. En este sentido, impone a los Estados Miembros a establecer un sistema de control interno, que se traduce en la obligatoriedad de implementar un PMA por parte de las entidades que van a utilizar estos fondos, asegurándose que se gestionan y ejecutan conforme las normas aplicables a la prevención, detección y corrección del fraude, de la corrupción y de los conflictos de interés.
    

¿Qué contenido mínimo debe disponer el PMA?

Según el artículo 6 de la HFP/1030/2021 los puntos mínimos que debe contener el PMA son los siguientes:
1. Aprobación del plan, en un plazo inferior a 90 días desde la adjudicación definitiva de la subvención/ayuda.
2. Estructurar las medidas antifraude según el «ciclo antifraude»: prevención, detección, corrección y persecución.
3. Evaluar el riesgo residual de delitos relacionados con el fraude y su revisión periódica y, en todo caso, cuando se haya detectado algún caso de fraude o haya cambios significativos en los procedimientos o en el personal.
4. Definir medidas preventivas, para reducir el riesgo residual de fraude a un nivel aceptable.
5. Prever la existencia de medidas de detección o “Red Flags” – banderas rojas –.
6. Definir las medidas correctivas y canales o vías para comunicar/informar/denunciar sospechas relacionadas con el fraude.
7. Establecer procesos para el seguimiento de los casos sospechosos de fraude.
8. Definir procedimientos de seguimiento para revisar los procesos, procedimientos y controles.
9. Específicamente, definir procedimientos relativos a la prevención y corrección de situaciones de conflictos de interés. Concretamente la suscripción de una Declaración de Ausencia de Conflicto de Interés (DACI) para procedimientos relacionados con los Fondos Next Generation, comunicar al responsable o superior jerárquico de la existencia cualquier conflicto de interés y, en su caso, tomar las medidas oportunas.
    

¿Qué relación existe entre el PMA y el Compliance?

Para poder recibir los Fondos Next Generation, las entidades deben seguir los estándares más exigentes en relación con el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales, adoptando las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés.
    

¿Cuál es la mejor forma de confeccionar el PMA de mi entidad?

La mejor manera de confeccionar el PMA es confeccionar el PMA es contando con el asesoramiento de profesionales expertos en la materia, con años de experiencia, capaces de analizar los riesgos reales de tu entidad y poder desarrollar e implementar las medidas necesarias adaptadas a la operativa diaria de tu organización, ya sea del sector público o privado.
TARINAS LAW &ECONOMY es un despacho jurídico multidisciplinar que cuenta con un departamento de Compliance experto en la elaboración de planes preventivos de delitos y malas conductas, elaborando los PMA de forma totalmente adaptada y personalizada a las características de cada entidad y organización.
    

Servicios que ofrece el departamento

- Prevención del Blanqueo de Capitales
- Compliance (penal y general)
- Plan de Medidas Antifraude
- Planes de Igualdad y protocolos de acoso
    
    
www.tarinas.com
+34 93 11 55 111
+34 672 21 23 24
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